Con recursos de la enajenación de bienes decomisados a la delincuencia organizada, el Consejo de la Judicatura Federal maneja un fondo por 1 mil 288 millones de pesos sin rendir cuentas ante alguna entidad fiscalizadora. Sus recursos –entre los que se encuentra parte de los 205 millones de dólares confiscados al empresario Zhenli Ye Gon– han servido para pagar premios y maestrías de servidores público.
El Consejo de la Judicatura Federal maneja 1 mil 288 millones 15 mil 420 pesos adicionales a su presupuesto y exentos de toda fiscalización a través del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia (FAAJ).
Los multimillonarios recursos provienen de la enajenación de bienes decomisados a la delincuencia organizada, como los 205 millones de dólares que el gobierno localizó en la residencia del empresario chino, con nacionalidad mexicana, Zhenli Ye Gon, en Lomas de Chapultepec.
Aunque la Constitución no prevé que un Poder reciba y ejerza fondos que no están autorizados en su presupuesto, una modificación a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF) avaló su entrega al Consejo de la Judicatura desde hace cinco años.
Con ello, se ha legalizado que recursos públicos otorgados al Poder Judicial de la Federación (PJF) no se integren al Presupuesto de Egresos de la Federación y su ejercicio no se reporte en la Cuenta Pública, lo que contraviene la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria respecto del ejercicio y control de los recursos públicos.
Además, la Ley establece que la asignación del presupuesto es una facultad exclusiva de la Cámara de Diputados; pero fue justamente ahí donde se avaló legalizar un "régimen de excepción" en el uso de recursos públicos, como lo califica la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
Con la aprobación de la adición del título 12 a la LOPJF en febrero de 2006, los legisladores autorizaron la creación del Fondo de Apoyo y consintieron que fuera el Consejo de la Judicatura el encargado de administrar y vigilar el millonario fondo, cuyo objetivo se delineó en la Ley como "el mejoramiento de la administración de justicia".
Para la doctora Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, especialista en transparencia del Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, la existencia del FAAJ constituye la "abdicación del Poder Legislativo" respecto de su tarea de controlar los recursos públicos y como auspiciador de la rendición de cuentas.
La investigadora considera que la legalización del Fondo, aprobada por los diputados, es la "coartada perfecta" para no poder señalar como ilegal algo que, incluso, podría considerarse como anticonstitucional: el uso de recursos públicos sin supervisión ni control.
El "meollo" de la anticonstitucionalidad del Fondo de Apoyo estaría, para la investigadora, en el artículo 244 de la LOPJF, que estipula que "los recursos con que se integre y opere el Fondo serán diferentes de aquéllos que comprenda el presupuesto anual aprobado a favor del PJF, y no afectarán las partidas que sean autorizadas mediante dicho presupuesto".
De acuerdo con el Informe del resultado de la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2009, de la ASF, esta disposición excusa al Consejo de la Judicatura Federal no sólo de incluir los recursos del Fondo de Apoyo como parte de su presupuesto, sino de someterlos a fiscalización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
En su informe, la Auditoría recomienda a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Justicia, de la Cámara de Diputados, revisar el título 12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, pues considera que el Fondo de Apoyo se ha convertido "en una masa de recursos fiscales que, sin haber ingresado previamente a la hacienda pública federal, se ha ido acumulando (y) se mantiene invertida en bancos y casas de bolsa, en forma independiente al resto de las disponibilidades del gobierno federal".
El diputado federal con licencia Luis Videgaray Caso, quien se desempeñaba como presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la actual Legislatura, se negó a comentar por qué se ha permitido un fondo exento de fiscalización, aun cuando maneja recursos públicos.
Videgaray Caso, ahora coordinador de campaña del priista Eruviel Ávila, arguyó que "por respeto al nuevo presidente (de la Comisión)", no se referiría a asuntos de su anterior encargo, en el que estuvo hasta el 29 de marzo pasado sin que sometiera a revisión la operación del FAAJ.
El permiso de Hacienda
Parte de los ingresos del Fondo de Apoyo proviene de los inmuebles enajenados y los bienes decomisados en procesos penales federales por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (Sae), ya que el Código Federal de Procedimientos Penales establece que una tercera parte de los bienes y sus productos debe entregarse al PJF, y la modificación a la LOPJF estipuló que estos recursos fueran para el Fondo.
Esta disposición también contraviene la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público: establece que los bienes decomisados se convierten en propiedad del fisco federal.
Con ello, los ingresos provenientes de su venta adquieren el carácter de aprovechamientos y deben entregarse a la Tesorería de la Federación (Tesofe) para su registro en la Ley de Ingresos de la Federación y su aplicación mediante el presupuesto de egresos, "considerando que no puede haber pago alguno que no esté comprendido en el presupuesto".
No obstante esta disposición en la Ley, el Sae entregó directamente al PJF los recursos que le correspondían producto de los decomisos, como consigna la Auditoría Superios, mientras que las otras dos terceras partes, que se entregan a la Secretaría de Salud (Ssa) y a la Procuraduría General de la República (PGR), sí se reportaron en la Ley de Ingresos de la Federación.
El Sae operó de esta forma desde noviembre de 2004, es decir antes de que se modificara la LOPJF y se creara el Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia.
De acuerdo con la ASF, el Sae tuvo la venia de la SHCP, que alegó que el Poder Judicial cuenta con una tesorería propia, lo que justificaba la entrega directa de recursos, "máxime si se trata de recursos que no han sido recaudados directamente por la Tesofe".
Fondo "sui géneris"
El FAAJ también percibe ingresos por la administración de valores o efectivo y los intereses generados por las inversiones que haga de éstos, así como por donaciones o aportaciones hechas por terceros.
De acuerdo con los informes trimestrales del Fondo de Apoyo, para diciembre de 2010 tenía ingresos por 1 mil 251 millones 857 mil 600 pesos y su patrimonio ascendía a 1 mil 288 millones 15 mil 420 pesos.
Entre 2006 y 2010, las erogaciones del FAAJ ascendieron a 98 millones 350 mil 428 pesos. Hasta 2009, cuando éstas sumaban 61 millones 821 mil 234 pesos, se habían reportado como "gastos de operación"; pero a partir del año pasado, todos los gastos aparecen con el rubro "Egresos".
Según sus estatutos, los recursos del FAAJ servirían para adquirir o remodelar oficinas del PJF y para comprar o dar mantenimiento a su mobiliario.
También se destinarían a la capacitación y especialización para "buscar el desarrollo profesional y humano del personal". La Ley también contempla que con dinero del Fondo de Apoyo se sufraguen los "gastos que origine su administración".
En opinión de la doctora Sandoval Ballesteros, las directrices sobre el destino de los recursos del FAAJ "están hábilmente redactadas", pues son laxas y profusas, lo que podría implicar un manejo discrecional del dinero.
Aunque el Comité Técnico del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia, presidido por el ministro Juan Silva Meza, publica periódicamente informes sobre la situación financiera del Fondo, éstos no especifican el destino de los recursos ejercidos; tampoco, las acciones en las que se invierten sus recursos ni las entidades financieras en las que registran sus operaciones.
Además del señalamiento de la ASF de que tanto el mecanismo de asignación de recursos públicos al FAAJ como su utilización constituyen un "régimen de excepción", el propio Consejo de la Judicatura ha reconocido que el Fondo de Apoyo cuenta con una regulación "sui géneris".
De acuerdo con la ASF, en la presentación de resultados preliminares de la auditoría al FAAJ, el organismo aceptó que por la "autonomía presupuestal" de la que goza, el Fondo tiene un carácter excepcional en el manejo de los recursos públicos que recibe.
Maestrías y premios, los gastos del FAAJ
Aunque el propósito del Fondo de Apoyo es "mejorar el desempeño de las funciones de administración de justicia", la Auditoría observa que, al menos durante 2009, la mayor parte de sus gastos se destinaron a cuestiones operativas.
Durante ese año, el 93 por ciento de las erogaciones del Fondo correspondió a "gastos de operación". Se trató de 24 millones 943 mil 400 pesos: 8 millones 380 mil 200 pesos –la tercera parte– se destinaron a sueldos y prestaciones de los nueve servidores públicos adscritos a la Secretaría Técnica del FAAJ, incluido un chofer que figura como "analista administrativo".
La ASF destaca que el 74 por ciento de ese monto (6 millones 203 mil pesos) se distribuyó en tan sólo cuatro de esos nueve empleados, aunque no detalla sus cargos.
Ese año también se pagaron 9 millones 88 mil 900 pesos para la contratación de personal por honorarios. La cifra amparó sueldos, la compra de equipos de cómputo e "insumos diversos", por 10 mil 200 pesos, incluida la comida de fin de año.
Además, 1 millón 356 mil 200 pesos se usaron para el "subsidio" de cinco maestrías para servidores públicos del PJF. El 70 por ciento de ese monto fue financiado, por lo que sería recuperado a través de descuentos quincenales; sin embargo, el 30 por ciento restante –406 mil 860 pesos– se pagó con recursos del Fondo de Apoyo.
Mas ésos no han sido los únicos financiamientos concedidos por el Fondo. De acuerdo con su informe del último trimestre de 2010, se han entregado apoyos y financiamientos por 11 millones 22 mil 96 pesos, de los cuales 2 millones 855 mil 524 pesos han sido fondos no recuperables. De los 8 millones 166 mil 572 pesos restantes, al final del año pasado se habían reintegrado casi 5.5 millones de pesos.
En 2009, el FAAJ también se usó para pagar el Premio al Mérito Judicial, que consistió en dos medallas de oro, cuyo precio fue de 310 mil pesos. Los galardones se entregaron al exministro Arturo Serrano Robles y a Guadalupe Cano de la Cruz.
A eso se suman 150 mil pesos que se pagaron para asistir al Seminario Internacional Temas Esenciales de Justicia y Mejores Prácticas Ciudadanas, entregados como "donativo" a la organización Tendiendo Puentes, AC.
Dicha organización forma parte del Observatorio Ciudadano de la Justicia, en el que participan las organizaciones Club Rotarios de México y la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación. Además, según la información de su portal electrónico, realiza actividades sin fines de lucro y es "apartidista en beneficio de sectores marginados o excluidos".
Otros pagos realizados al amparo del FAAJ fueron la evaluación externa del Sistema de Seguimiento de Expedientes, que costó 1 millón 150 mil 700 pesos, y la facturación de viáticos, por 322 mil 800 pesos.
Contralínea solicitó entrevista con la secretaria técnica del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia, Alicia Kuri Pazos, para que explicara el destino que se le ha dado a los recursos del FAAJ desde su creación y para conocer su postura sobre las observaciones de la ASF. Al cierre de edición, no se tuvo respuesta.
El FAAJ, con recursos de Ye Gon
El 13 de julio de 2007, la PGR notificó al Sae la declaración de abandono de bienes a favor del gobierno federal que habían sido asegurados "a una persona de origen chino". El monto aproximado fue de 2 mil 309 millones de pesos.
Se trataba del dinero del empresario mexicano de origen chino Zhenli Ye Gon, acusado de traficar ilegalmente seudoefedrina para la elaboración de metanfetaminas.
Luego de que el 15 de marzo de ese año se encontró una fortuna en efectivo en casa del empresario, ésta se declaró abandonada a favor del gobierno mexicano y el agente del Ministerio Público federal encargó al Sae la administración de esos bienes para donarlos a la Ssa, a la PGR y al Poder Judicial.
Al respecto, la ASF señala que los bienes declarados abandonados tienen una naturaleza jurídica y una aplicación distinta a la de los bienes decomisados, por lo que el Ministerio Público no tenía competencia para instruir al Sae para que dispusiera de ellos.
Lo anterior llevó a que una tercera parte de los bienes declarados abandonados (la que correspondió al PJF) no se concentró en la Tesorería de la Federación para su registro en la Ley de Ingresos de la Federación.
Como consecuencia, esos 753 millones 856 mil 400 pesos tampoco se pudieron reportar como un ingreso excedente en el PEF ni en la Cuenta Pública.
De acuerdo con la Auditoría, la cantidad que el PJF recibió en esa operación representa el 67 por ciento del total de ingresos que el FAAJ tuvo desde su creación y hasta 2009, sin considerar los intereses por su inversión.
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