octubre 22, 2009

Viola el Instituto Mexicano del Seguro Social el derecho a la salud de las trabajadoras embarazadas de Luz y Fuerza del Centro


Guadalupe Cruz Jaimes (CIMAC)

Luego del decreto presidencial con el que Felipe Calderón Hinojosa, titular del Ejecutivo, liquidó Luz y Fuerza del Centro (LyFC) y "finalizó" la relación laboral entre la compañía paraestatal y 44 mil electricistas, de los que las mujeres representan 10 por ciento, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dejó de brindar atención médica a 80 trabajadoras embarazadas, servicio del que también privó a más de 450 personas que requieren diálisis, padecen cáncer o necesitan antidepresivos.

Así lo denunció hoy Martín Esparza, representante del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), en conferencia de prensa durante la cual recibió una llamada telefónica de Daniel Karam Toumeh, director del IMSS, en la que el funcionario se comprometió a "solucionar" dicha situación.
Asimismo, Karam Toumeh señaló que fijará de manera pública la posición del IMSS sobre la problemática que enfrentan las y los electricistas desde el cierre de sus fuentes de trabajo el pasado 10 de octubre, expresó el líder sindical.
Tras el segundo sábado de octubre –cuando la Policía Federal Preventiva (PFP) tomó las instalaciones de las 30 sucursales de LyFC en el Distrito Federal y 64 agencias foráneas de la empresa ubicadas en Estado de México, Pachuca, Puebla y Cuernavaca– las clínicas 26 y 192 del IMSS negaron la atención médica a decenas de empleadas en estado de gravidez y a 55 trabajadoras y trabajadores de la compañía paraestatal que requieren diálisis; a 200 personas que padecen cáncer y a 200 más que necesitan medicamentos antidepresivos.
Este hecho viola la Ley del IMMS, la Ley Federal del Trabajo y el Código Penal Federal, legislaciones que establecen que las personas desocupadas pueden seguir recibiendo atención médica hasta ocho semanas después del término de la relación laboral con el patrón y sancionan a quienes obstruyan el ejercicio de este derecho, refirió a Cimacnoticias Manuel Fuentes Muñiz, abogado del SME.
De acuerdo con el artículo 109 de la ley del instituto, las y los trabajadores conservan el derecho a recibir atención médica, quirúrgica, hospitalaria, y suministro de medicamentos hasta dos meses después del despido, detalló Fuentes, y añadió que de lo contrario el IMSS incurre en un delito establecido en el artículo 215 del Código Penal Federal, en el que se sanciona a las y los funcionarios públicos que retarden un servicio al que tiene derecho la ciudadanía.
Además, la negativa del instituto contraviene las medidas anticrisis que enunció Felipe Calderón Hinojosa en enero pasado, entre las cuales sostenía que las y los desempleados gozarían de servicio médico durante seis meses posteriores al despido, añadió el especialista en justicia laboral.
Guarderías
Otra de las aristas de esta problemática, denunciada desde la semana pasada por las trabajadoras de LyFC en mítines y manifestaciones de protesta por el decreto calderonista, es la falta de acceso a guarderías, prestación de la que hacía uso la mayoría de las 4 mil empleadas de la paraestatal, muchas de ellas jefas de familia o madres solteras, sostuvo Mónica Jiménez, ex trabajadora de LyFC y coordinadora del movimiento de resistencia de mujeres del SME.
Pese a que la Ley del IMSS, en su artículo 207, protege a las trabajadoras con este derecho durante las cuatro semanas posteriores al despido, las beneficiarias de LyFC dejaron de recibir esta prestación social el pasado 12 de octubre.
A decir de Fuentes Muñiz este periodo de atención es muy limitado, ya que las ex trabajadoras, quienes en su mayoría se ampararán ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, enfrentarán varios meses en juicio por el "despido arbitrario" de Calderón Hinojosa.

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