noviembre 22, 2009

CARTA AL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA, de FRANCISCO I MADERO

Excelentísimo señor:

Tengo el honor de poner a la consideración de Vuestra Excelencia las razones que han obligado al pueblo mexicano a tomar las armas para liberarse de la tiranía del actual gobierno anticonstitucional, y para restablecer un régimen legal y la soberanía popular en la República mexicana.

La insurrección nacional puede considerarse como sigue: es justa porque el pueblo mexicano ha agotado en vano todo recurso legal y pacífico en sus esfuerzos para obtener las reformas tan necesarias; es patriótica por la razón de que no tiene más objeto que establecer un régimen constitucional en la Nación; y por último, es necesaria porque durante muchos años el pueblo mexicano ha carecido de una justicia adecuada, y ha vivido sin disfrutar de las garantías y privilegios que conceden las leyes.

Siendo éstas las causas de la insurrección, el gobierno provisional espera de todos los pueblos civilizados la simpaía que siempre ha inspirado una lucha por la justicia y la libertad.

Al mismo tiempo y en forma debida, el gobierno provisional de la República dará los pasos necesarios para obtener un justo reconocimiento de parte del gobierno de Vuestra Excelencia. Sin embargo, mientras tanto, me tomo la libertad de llamar la atención de Vuestra Excelencia hacia los puntos siguientes y de dar a Vuestra Excelencia estas seguridades:

A. Los jefes de las fuerzas de la insurrección nacional han recibido instrucciones estrictas y precisas para que tengan sumo cuidado de que, durante la contienda, las leyes de guerra sean reforzadas, no sólo en lo que se refiere a las hostilidades actuales, sino también en todo lo relativo a la neutralidad y a las garantías de que gozan el servicio de ambulancias y la Cruz Roja de los beligerantes, así como las personas y propiedades de los extranjeros neutrales.

8. El gobierno provisional de la República reconoce y apoya todos los tratados internacionales en vigor, concertados entre México y potencias extranjeras, antes del 30 de noviembre de 1910. Asimismo, reconoce y respetará todas las obligaciones concertadas o contraídas por el gobierno de México con corporaciones o individuos extranjeros, con anterioridad a la fecha arriba mencionada.

C. Desde el momento en que una potencia extranjera lo reconozca oficialmente, el gobierno provisional, en nombre de la República mexicana, asumirá la responsabilidad por todos los daños y perjuicios, directos y materiales, que pueda causar la guerra a los ciudadanos o súbditos del gobierno que lo reconozca; así como a sus personas o a las propiedades que puedan tener en la República. Esta garantía será efectiva a partir del día en que los beligerantes de las fuerzas insurrectas sean reconocidos.

D. En las aduanas marítimas y fronterizas que están ocupadas por el gobierno provisional, no se reconocerán los documentos expedidos por el gobierno anticonstitucional; y con el fin de obviar obstrucciones al comercio que la guerra pudiese ocasionar, el gobierno provisional nombrará en tiempo oportuno cónsules, vicecónsules o agentes consulares en cualquier parte que fuere necesario. Si esto no fuese posible, los agentes en las diversas aduanas y puertos que están bajo la jurisdicción del gobierno provisional recibirán instrucciones para que permitan la entrada de mercancía procedente de países extranjeros amigos después de revisar cuidadosamente los documentos respectivos expedidos por los funcionarios consulares del gobierno anticonstitucional.

E. El triunfo de la ínsurrección nacional está asegurado, contando, como lo hace, con el apoyo de todo el pueblo mexicano. Por consiguiente, se espera que el estado de guerra será corto en la República mexicana, y que en una fecha cercana, de conformidad con el plan de insurrección, como se proclamó en San Luis Potosí el 5 de octubre de 191O, y obedeciendo las disposiciones de la Constitución Federal, que se está luchando por ponerlas en vigor, el pueblo será llamado a participar en una elección absolutamente libre, para que se pueda establecer el régimen constitucional.

F. Aunque el gobierno anticonstitucional se ha esforzado por presentar la insurrección nacional como un movimiento de poca significación, los hechos han demostrado, sin dejar lugar a dudas, que no es así y que todas las regiones del país están involucradas en una insurrección general.

El gobierno anticonstitucional ha mostrado, además, no sólo su absoluta impotencia para suprimir completamente, sino ni siquiera para reprimir, el creciente movimiento popular en apoyo del gobierno provisional. Los extranjeros que residen en las regiones ocupadas por las fuerzas de la insurrección, no han tenido motivo de queja en absoluto, por lo que se refiere a actos indebidos de parte de los insurrectos, cuya conducta señalan unánimemente como humana y respetuosa de la propiedad privada. Los jefes de la revolución se han esforzado y han suprimido de manera enérgica toda señal de abuso que pudiese haber sido intentada por algunos individuos que no toman parte en la lucha y que hubiesen buscado sacar ventaja de las condIciones anormales en su propio e ilegal provecho.

Con las consideraciones que anteceden, tengo el honor de informar al ilustre gobierno que usted sirve, por el valioso conducto de Vuestra Excelencia, que los intereses del pueblo que Vuestra Excelencia representa están y estarán protegidos por el gobierno provisional de México, que tengo el honor de presidir, y por todos y cada uno de los jefes.

Suplico a Vuestra Excelencia estar seguro de mi más alta consideración.

Guadalupe, Distrito de Bravos, Chihuahua, México, febrero 15 de 1911.

Francisco I. Madero

(Ciudadano Presidente Provisional de los Estados Unidos Mexicanos, jefe de la insurrección)

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