JESúS CANTú / Proceso
La irresponsabilidad de los legisladores, que dejaron una normatividad electoral desarticulada, compleja e incompleta; las argucias de los actores políticos, particularmente las televisoras y los partidos políticos, que aprovechan cualquier resquicio o imprecisión en la ley para eludir su cumplimiento, así como la incompetencia, parcialidad, timidez e inconsistencia de los consejeros electorales para aplicar la ley, forman una mezcla explosiva que pone en riesgo el proceso electoral.
Ahora fue el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) el que inventó un informe de gestión, de sus diputados plurinominales, para comprar tiempo aire a los concesionarios con el fin de promocionarse en un intento de influir en las preferencias electorales. Aprovechó la ausencia de legislación secundaria que regule las disposiciones del artículo 134 de la Constitución, relativas a la aplicación imparcial de los recursos públicos y las características de la propaganda gubernamental.
Justo en la víspera (el 17 de marzo) de que se difundieran los spots del Verde (iniciaron el 18 de marzo), el diario Reforma publicó una declaración del senador y consejero del Poder Legislativo por el grupo parlamentario del PVEM en el IFE, Arturo Escobar. En ésta reconoce que los partidos propiciaron una ley compleja con muchos hoyos para evadirla.
Y una de las lagunas que pretendieron encontrar fue la excepción establecida en el párrafo 5 del artículo 228 del Cofipe, que permite la promoción de la imagen de los servidores públicos durante 13 días al año, siete anteriores y cinco posteriores al informe anual de labores o gestión. Sin embargo los cinco diputados plurinominales olvidaron leer que “En ningún caso la difusión de tales informes podrá tener fines electorales…” y pretendieron disfrazar la propaganda electoral con mensajes que difundían sus pretendidos informes de labores. Por cierto, éstos nunca fueron ubicados en fecha, hora y lugar.
Como bien precisó la consejera María Macarita Elizondo, en la sesión del consejo celebrada el domingo 29 de marzo, al respaldar su afirmación de que los spots eran propaganda electoral: “… el mensaje tiene como finalidad influir en las preferencias electorales de los ciudadanos… pues de una manera inequívoca lo presenta como un partido político que plantea una solución a un problema de carácter político-social y, por ende, lleva implícita la invitación a simpatizar con dicho instituto político y eventualmente a votar por él… Más aún cuando es un hecho notorio que la propuesta de instaurar la pena de muerte a secuestradores es uno de los ejes temáticos de la propaganda que ese partido político ha presentado a la ciudadanía… (los mensajes) guarda(n) una gran similitud con los que el propio partido político solicitó fueran transmitidos durante el período de precampañas…”
A lo largo de todo el período de precampañas (del 31 de enero al 11 de marzo), el PVEM transmitió en total 205 spots y en los 13 días de permisividad, pretendidamente amparados en la excepción, 206, según denunció en la sesión del consejo el representante del Partido Socialdemócrata, Miguel Medrado. Así, en 13 días igualó el número de promocionales que transmitió en 40; pero, además, en este caso con la posibilidad de elegir los horarios de mayor audiencia y ser el único partido político con esa presencia en los medios electrónicos.
Más allá de que en esta ocasión el Consejo General del IFE obtuvo la mayoría para sancionar al partido, a pesar de la oposición del bloque de consejeros electorales colocados en dicho órgano con el apoyo del PRI (que participará en coalición con el Verde en 63 distritos electorales), el partido político consiguió su objetivo de difundir sus spots e influir en las preferencias electorales. La única medida cautelar que tomó la autoridad electoral fue cancelar la difusión del logotipo del partido, pero no la de los promocionales.
No se procedió al retiro del spot porque la Comisión de Quejas y Denuncias está integrada por tres de los cuatro consejeros que se opusieron a la sanción: Virgilio Andrade, Marco Antonio Gómez y Marco Antonio Baños.
El hecho de que sea la comisión y no el consejo la instancia ante la cual se presenta la solicitud de medidas cautelares por parte de la secretaría ejecutiva, puede ser definitiva en algunos casos, como éste, en el que los tres miembros de la comisión tomaron la decisión de no impedir la difusión del spot, pese a que fueron minoría en el Consejo General.
El caso muestra de manera palmaria las limitantes de la reforma electoral de 2007: vacíos e incongruencias legales, que se manifiestan en la ausencia de una ley reglamentaria del 134 constitucional, tal como reconoce el senador panista Ricardo García Cervantes.
Las acotaciones a la reforma también se manifiestan en la existencia de disposiciones –como los límites establecidos para la integración de comisiones– que permiten la aplicación sesgada de la ley; el abuso de los hoyos, como los llama el senador Escobar, por parte de los partidos políticos para intentar eludirla, y la parcialidad de algunos consejeros electorales, que en este caso permitieron que el partido cumpliera sus objetivos.
El mayor problema es que todas estas restricciones se manifiestan cuando todavía estamos en los prolegómenos de la contienda electoral, pues las campañas empezarán hasta el 3 de mayo y es ahí precisamente cuando la competencia se vuelve más feroz, y los contendientes echan mano de todos los recursos a su disposición con tal de obtener la victoria.
abril 11, 2009
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