Reforma Energética, analisís y comentarios
por Mario Di Costanzo
(Análisis y Comentarios)
a) Introducción
El pasado 8 de abril, Felipe Calderón envió a la Cámara de Senadores, el paquete de iniciativas que conforman la llamada Reforma Energética, dichas reformas involucran la modificación de 5 leyes secundarias que rigen a PEMEX.
Dichas iniciativas son:
La Nueva Ley Orgánica de PEMEX
La Reforma a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo
Ley de La Comisión del Petróleo
Ley de la Comisión Reguladora de Energía
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
.
Por esta razón y con el objeto de contribuir al debate nacional convocado y solicitado por nuestro Presidente Legitimo y por los legisladores del Frente Amplio Progresista, la Secretaria de la Hacienda Pública, presenta el análisis y los comentarios sobre el Proyecto de la Nueva Ley Orgánica de PEMEX.
Es pertinente advertir que como se verá a lo largo de los análisis que se estarán publicando, la Reforma Energética enviada al Senado por Felipe Calderón, sólo pretende justificar la transferencia de la renta petrolera al capital privado, buscando "eludir" lo establecido en los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que reservan al Estado en forma exclusiva, entre otras, las áreas estratégicas del petróleo y demás hidrocarburos, así como la petroquímica básica.
Por ello, el no modificar el artículo 27 y demás disposiciones constitucionales relativas a petróleo y los hidrocarburos, no implica, ni mucho menos garantiza que la privatización del sector energético no esté presente en el paquete de iniciativas que Felipe Calderón envió al Congreso.
Del análisis y revisión de la iniciativa para crear la Nueva Ley Orgánica de PEMEX se observan grandes falsedades y contradicciones que ya forman parte del discurso gubernamental, de las que se puede concluir, que de ser aprobadas, sólo permitirían la transferencia de la renta petrolera a los privados, acentuando los problemas y vicios existentes en PEMEX por lo que se debilitaría más a esta empresa paraestatal.
Así la Secretaria de la Hacienda Pública pone a su disposición, este documento y los invita respetuosamente a sumarse a la resistencia civil pacífica, para defender este patrimonio de los mexicanos.
Al mismo tiempo les informa que en los próximos días continuara publicando los análisis y comentarios del resto del paquete que conforma la llamada Reforma Energética.
Asimismo les recuerda que el 19 de noviembre de 2007, nuestro Presidente, el Lic. Andrés Manuel López Obrador presentó la propuesta para rescatar al Sector Energético Nacional, en dicha propuesta se establecen los lineamientos para que sin la necesidad de entregar ésta patrimonio al capital privado, nuestro país utilice al petróleo como una verdadera palanca del desarrollo nacional.
b) Nueva Ley Orgánica de Pemex:
De acuerdo a la exposición motivos de la iniciativa se observa que se busca lo siguiente:
1. Fortalecer el régimen de gobierno corporativo en la paraestatal;
2. Regular sus esquemas de operación y ampliar las posibilidades y alcances de su actuación, para hacerla más eficiente, y
3. Reforzar y diversificar los mecanismos de control y supervisión.
b.1) Modificaciones al Régimen de Gobierno Corporativo de PEMEX:
Hasta ahora Pemex es dirigido por un Consejo de Administración (Órgano de Gobierno) que se integra por 6 representantes del Gobierno incluyendo al Presidente y por 5 representantes del Sindicato, para ser 11 en total.
Dentro de los 6 representantes del Gobierno, se encuentran, los Secretarios de; Energía, quién además es el Presidente del Consejo de Administración, y los de Hacienda, Economía, Comunicaciones y Transportes, SEMARNAT, así como por un representante de la Presidencia de la República, que actualmente es el Jefe de la Oficina de la Presidencia.
Cabe destacar que este Consejo de Administración, cuenta también actualmente con la figura de un Comisario que es el representante de la Secretaria de la Función Pública y a su vez es el Titular del Órgano Interno de Control de la empresa.
Aquí conviene mencionar que por lo pronto, es este Consejo de Administración y los anteriores quiénes por lo pronto tendrían, que rendir cuentas sobre la situación por la que atraviesa PEMEX, ya que hasta ahora son ellos los que han tomado las decisiones.
Mas aún, la conformación actual del Consejo de Administración, conlleva la existencia de una multiplicidad de vicios, que están muy alejados de las Mejores Prácticas de Gobierno Corporativo..
Así por ejemplo el hecho de que el Secretario de Hacienda sea parte del Consejo de Administración genera un grave conflicto de interés, pues mientras la Secretaria de Hacienda es quién determina año con año la carga fiscal de PEMEX o su superávit primario, en la Ley de Ingresos y en el Presupuesto de Egresos de la Federación, es también el Secretario de Hacienda integrante del Consejo de Administración.
El conflicto de interés existe ya que los integrantes del Consejo de Administración deben velar en primer lugar por el interés de la empresa, que es propiedad de la nación y no del Gobierno Federal, pero también en el caso particular del Secretario de Hacienda, habría que preguntarse si en las sesiones del Consejo cuando se toca el tema de la carga fiscal de PEMEX, el apoya su disminución o su incremento, ya que a el mismo en su papel de titular de Hacienda le toca definir la política tributaria del país.
Es decir, el asiste a las juntas de Consejo para cuidar los intereses de la empresa o de las finanzas públicas, por ello el no puede defender los intereses de la empresa, en virtud de su responsabilidad de obtener ingresos para las arcas nacionales.
Este tipo de situaciones no son corregidas por la iniciativa ya que la propuesta busca tan sólo añadir "4 consejeros profesionales" que serían designados por el propio Ejecutivo Federal; - dos de ellos, serían representantes del "Estado" y otros 2 serían "consejeros externos", en virtud de que sólo trabajarían de tiempo parcial.
Contrario a lo que establece la iniciativa, estos consejeros no son autónomos puesto que en primer lugar serán designados por el propio Ejecutivo Federal (o sea que le deberán el nombramiento) y en segundo lugar la propia iniciativa establece que "dos de los consejeros profesionales que se proponen trabajarán de tiempo completo en la paraestatal, por lo tanto, se considerarán como representantes del Estado".
Esto resulta igualmente falso, ya que no representan al Estado, puesto que Estado y Gobierno Federal no son sinónimos, aquí no hay que olvidar que serán designados por el Ejecutivo Federal, y no por representantes del Estado, ya que para ser representantes del Estado, se requeriría de un proceso de designación en el que interviniesen los Poderes que conforman al Estado y también a la sociedad, y no sólo por dedazo del Ejecutivo Federal.
Más aún, los requisitos y método de designación que la iniciativa establece para ser Consejero Profesional de tiempo completo o de tiempo parcial son exactamente los mismos, y no son diferentes a los que ya existen para los Consejos de Administración de otros Organismos del "Estado".
Igualmente hacia el interior del Consejo de Administración de PEMEX, no existe una diferencia fundamental con los actuales integrantes del Consejo de Administración de PEMEX, salvo por el hecho de que estos por el simple hecho de ser Secretarios de Estado automáticamente son integrantes del Consejo de Administración de PEMEX.
Esto queda claro en la iniciativa que establece lo siguiente: " para garantizar la preparación y profesionalismo de los individuos que ocupen estos cargos, se fijan, además de impedimentos específicos, ciertos requisitos mínimos que deben cubrir, tales como ser mexicanos por nacimiento, contar con estudios profesionales y haberse desempeñado de manera destacada en su profesión o trabajo."
La iniciativa establece que el voto estos "Consejeros Profesionales" tendrán un peso importante en la toma de decisiones, de hecho señala textualmente que: "Cualquier determinación que adopte el órgano colegiado requerirá del voto favorable de al menos dos consejeros profesionales."
Sin embargo la iniciativa también establece que de no ser así, la decisión se tendrá que posponer por única vez, para la siguiente sesión donde deberá aprobarse por mayoría simple, ya que textualmente establece que: "el asunto deberá posponerse por única ocasión a la siguiente sesión, en la que tendrá que aprobarse por mayoría simple". Es decir que en esta situación ya no existe el peso importante de los consejeros profesionales en la toma de decisiones.
Otro punto importante es que en la iniciativa se fortalecen las facultades del Consejo de Administración para la creación de otros organismos subsidiarios de PEMEX, sin perjuicio de su autonomía de gestión.
Esto implica que el nuevo Consejo de Administración puede en determinado momento crear más empresas subsidiarias de PEMEX, con lo que se incrementaría aún más la desintegración de las cadenas productivas de por si ya muy desintegradas.
La iniciativa enviada al Senado, amplia las facultades del Consejo de Administración; quedando a su cargo la conducción central y dirección estratégica de Petróleos Mexicanos, pero también las actividades relativas a , la programación, coordinación y evaluación estratégica institucional de sus actividades y las de sus organismos subsidiarios.
Esto significa que el Consejo de Administración se convierte en "juez y parte" al tener la dirección central y estratégica, pero al mismo tiempo la evaluación institucional de sus actividades.
Finalmente se establece que el Nuevo Consejo de Administración podrá crear cuantos comités técnicos requiera para su funcionamiento, sin embargo deberá invariablemente de contar con tres comités; el Comité de Transparencia y Auditoría, el Comité de Estrategia e Inversiones y el Comité de Remuneraciones.
El Comité de Transparencia y Auditoría:
En materia de transparencia, propondrá al Consejo de Administración los criterios para determinar la información que se considerará relevante sobre Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, al igual que las normas para su divulgación, asimismo, vigilará que se rindan los informes que la Ley obliga a Petróleos Mexicanos.
En materia de auditoría, tendrá entre otras funciones, las de dar seguimiento y evaluar el desempeño financiero y operativo general y por funciones de Petróleos Mexicanos, designar al auditor externo; proponer disposiciones en materia de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios y enajenación de bienes, así como emitir opinión sobre la cuantificación de las reservas de hidrocarburos.
Esto puede parecer bastante atractivo y lógico, sin embargo la iniciativa añade que
"Por la relevancia de las funciones descritas, este Comité (el de transparencia y auditoría) estará integrado por tres consejeros profesionales, dos de los cuales deberán ser de tiempo parcial…"
abril 19, 2008
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